13 adolescentes quedarán en libertad beneficiados por nueva Ley Nacional del Sistema Integral de Jus
- Rocío Gutiérrez @Rox_Gtz
- 21 jun 2016
- 2 Min. de lectura

13 adolescentes presos en Aguascalientes quedarán en libertad en el momento que lo soliciten, beneficiados por la nueva Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para adolescentes pues con su entrada en vigor queda abrogada la Ley del Sistema de Justicia para Adolescentes del Estado de Aguascalientes, misma que establecía penas de hasta 20 años para los menores en delitos como secuestro u homicidio calificado; sin embargo la nueva Ley Nacional establece que la duración máxima de internamiento para un adolescente de entre 14 y 16 años será de sólo 3 años, mientras que la pena máxima para un adolescente de entre 16 y 18 años lo será de 5 años, esta misma pena será la máxima incluso para casos de homicidio calificado, violación tumultuaria, secuestro, trata de personas y delincuencia organizada. En todo caso el internamiento definitivo no puede exceder el plazo de 5 años.
Cabe resaltar que en el artículo 4° transitorio de la nueva Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, establece que tratándose de adolescentes que hubiesen sido sentenciados a prisión juzgados antes de la entrada en vigor de ésta, el mismo menor, su defensa o la persona que lo represente, podrá solicitar a la autoridad competente la revisión de la medida para que se le apliquen las disposiciones que más le beneficien pues ahora se debe resolver conforme al interés superior de la niñez.
Al día de hoy se encuentran internos en el Centro Estatal para el Desarrollo del Adolescente, 22 sentenciados y 16 se encuentran en proceso. De los sentenciados, a uno de ellos se le fijó una pena de siete años de internamiento por robo calificado, a la fecha ha cumplido más de seis años; hay 8 adolescentes sentenciados por homicidio doloso que recibieron penas que van desde los siete a los doce años de internamiento pero que ya han cumplido con más de cinco años de prisión por lo que a estos adolescentes se les puede aplicar en caso de así solicitarlo, el beneficio, es decir, que al haber excedido los 5 años de prisión máxima que establece la nueva ley, ya pueden quedar en libertad.
Así mismo de los adolescentes que se encuentran en proceso existen tres adolescentes vinculados por robo calificado y un adolescente más vinculado al hecho punible de atentados al pudor, mismos delitos que no se encuentran contemplados dentro del listado establecido en el artículo 164° de la nueva ley por lo tanto, también pueden solicitar que se establezca una medida cautelar a cumplir en libertad.
Cabe señalar que en el artículo 164 de dicha ley establece que solo obtendrán cárcel con la pena máxima que ya se señaló, aquellos delitos relacionados con secuestro, trata de personas, terrorismo, extorsión agravada cuando se cometa por asociación delictuosa, contra la salud, refiriéndose al narcomenudeo con fines de venta o suministro, posesión, portación, fabricación, importación y acopio de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, homicidio doloso en todas sus modalidades, violación sexual, lesiones dolosas que pongan en peligro la vida o dejen incapacidad permanente y robo únicamente cometido con violencia física.
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