Usureros escapan fácilmente de la justicia en Aguascalientes
- @angeldavalos
- 6 jul 2016
- 2 Min. de lectura

Sin control el delito de usura en Aguascalientes. En lo que va del sexenio, los juzgados locales en la entidad sólo tienen registro de cuatro casos por este delito contemplado en el artículo 148 del código penal vigente. Ninguno de ellos llegó a sentencia, ya que tres procesos fueron declarados sobreseídos luego de que la parte acusadora no dio seguimiento a la denuncia y uno más se encuentra en etapa de radicación por este mismo motivo, así lo reveló la respuesta a una solicitud de información con número de folio 33165 del sistema de transparencia del gobierno estatal. Vale la pena destacar que como suele suceder, la fiscalía del Estado se negó a brindar información estadística sobre las denuncias presentadas por usura, al considerar que son datos reservados
Leonardo Montañez Castro integrante de la comisión de justicia en el congreso del Estado se dijo sorprendido al conocer esta cifra, ya que demuestra que el 100% de los delitos de usura se resuelven extrajudicialmente, afectando a las familias en su patrimonio, ya que van a la alza los embargos injustificados y hasta el momento no hay autoridad que haya volteado hacia esta problemática
"...es un tema donde nosotros tenemos que establecer publicidad en el tema, me preocupa porque son muchas personas que están pasando por esa situación y me preocupa que sean los menos casos los que lleguen a los juzgados mercantiles, porque significa que la parte que no llega se esta resolviendo de manera extrajudicial y están abusando de ellos porque no conocen sus derechos..."
El abogado panista, con dominio del código penal vigente, recordó que para considerase un delito, el prestamista debe cobrar un porcentaje mayor al 3.8% mensual o de ser el caso, el 37% anual sobre lo otorgado. Sin embargo reconoció que en la mayoría de las ocasiones las personas que acuden a los usureros lo hacen por necesidad y no les exigen algún documento con el que se pueda comprobar el porcentaje que se les cobra de interés, por lo que las denuncias no proceden en el ministerio público.
"...no se puede cobrar más del 3.08 mensual, entonces aquí el tema seria que tenemos que multiplicarlo por 12 para sacar el concepto anual, ¿que es lo mejor que puede le pasar a una persona que firmo un pagaré con un interés desmedido y que lleguen y le embarguen a través de un juzgado mercantil? Lo mejor que le puede pasar es que se vaya a la demanda mercantil, porque una vez que llegue a la demanda mercantil si en este caso el usurero le estableció un interés de un 10 o 12% mensual que hay quienes así lo hacen, lo mejor que le puede pasar es que llegue a un juzgado mercantil porque así es juez no dejara que se de ese abuso..."
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